Villa Urquiza está sobre el río Paraná, a unos 30 minutos de la ciudad de Paraná, y tiene como segunda agua al arroyo Las Conchas. Del camino no hay dato publicado: lo único confirmado es el tiempo de viaje.
El pueblo sirve para las dos modalidades. Hay muelle de pescadores propio y un camping municipal con 1.000 metros de extensión sobre la costa, con sanitarios, duchas y estacionamiento. Las excursiones embarcadas son de unas cinco horas y el paseo típico va hacia el sur: se entra por los brazos que desembocan en el arroyo Las Conchas y, según la altura del río, también a las lagunas que lo circundan. No hay rampa de botado confirmada por nombre; lo confirmado es el muelle y la salida de lanchas y canoas.
Qué se pesca
La lista de la localidad es surubí, patí, dorado, armado, mandubí, bagre amarillo, boga, moncholo, palometa, porteñito, corvina de río, sábalo y tararira. No hay temporada local publicada: lo que ordena el calendario son las ventanas provinciales. Sobre el arroyo Las Conchas se desagregan palometa, doradillo y surubí, entre maderas sumergidas que arman pequeñas correntadas; en La Celina, doradillo desde puntas de piedra, lanzando con señuelo.
Antes de tirar
Surubí: hoy está vedado. En Entre Ríos rige veda total en todo el ámbito provincial del 15 de agosto al 15 de marzo (Res. 276/2007). Al 23 de agosto de 2026 la veda está activa, así que el surubí no se pesca. Fuera de veda tampoco se puede llevar: se pesca sólo con devolución obligatoria.
Dorado: devolución obligatoria e inscripción registrada. La Ley provincial 11.174 lo declara pez de interés turístico y prohíbe su pesca comercial, acopio, venta, tenencia y tránsito. La deportiva se permite sólo con devolución y con inscripción registrada: devolverlo no alcanza si no estás registrado, y pescarlo sin registro tiene multa de hasta 2.000 litros de nafta súper. El doradillo es dorado chico y entra en el mismo régimen: es la especie que aparece en los dos pesqueros de esta ficha, así que la devolución y el registro se aplican también ahí.
Pacú y manguruyú: veda absoluta indefinida en la provincia (Res. 2234/84 y 1886/86). No se pescan, en ninguna época.