Concepción del Yaguareté Corá —«corral del yaguareté» en guaraní— está sobre los Esteros del Iberá: lagunas, arroyos y bañados de aguas transparentes. Lo que la vuelve distinta del resto del Iberá no es el agua, es el permiso. De las 1.300.000 hectáreas de la Reserva Natural Iberá, sólo dos puntos tienen pesca deportiva habilitada, y este pueblo es uno de ellos: el Ministerio de Turismo de Corrientes lo dice expreso, dentro de la reserva sólo se puede pescar en la naciente del río Corrientes y en Concepción del Yaguareté Corá. En el resto de la reserva, no se pesca.
Son dos puntos distintos, y conviene leerlo antes de cargar el auto
Esa misma frase del Ministerio nombra dos lugares, no uno: la naciente del río Corrientes por un lado y Concepción del Yaguareté Corá por el otro. La naciente no queda dentro del pueblo, y el relevamiento no dice a qué distancia está, ni por qué camino se llega, ni si se entra desde acá. Abajo figura la naciente porque es el único lugar de la zona con reporte de pesca propio en el material; el sector habilitado dentro de Concepción, en cambio, el relevamiento no lo nombra. Dicho derecho: manejar los 180 km hasta el pueblo no te deja parado en la naciente, y hoy no hay fuente que diga cómo se va de uno al otro. Resolvelo con el prestador o con Parques y Reservas antes de salir.
Lo que hay que saber antes de tirar
Acá se pesca con captura y devolución obligatoria, sólo en los sectores habilitados y con guías habilitados. En áreas protegidas la pesca extractiva está prohibida: el régimen sale de la Ley 3.771/83, modificada por la Ley 4.736/93 y el Decreto-Ley 18/00, reglamentados por el Decreto 1440/09; la pesca deportiva dentro de la reserva se rige por la Disposición 09/10 de la Dirección de Parques y Reservas y las sanciones, por la Disposición 02/11. La caza está estrictamente prohibida.