Rige la Resolución N° 956-SEAyDS-2025 de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable de San Juan, del 14 de agosto de 2025, que aprueba el Protocolo de Actividad de Pesca Deportiva y/o Científica y deja sin efecto la Resolución N° 337-SEAyDS-2024, dictada sobre la Ley N° 606-L. DIQUES Y EMBALSES (Anexo III): el artículo 1 inciso a) fija un período con extracción desde el 01/12 de cada año al 19/08 inclusive del siguiente, y para el Dique Cuesta del Viento un cupo de 15 ejemplares de pejerrey (Odonthestes bonariensis) por pescador por día. El inciso b) fija la temporada de veda de los diques y embalses de la provincia desde el 20/08 hasta el 30/11 inclusive del año en curso, con dos excepciones que van en el otro sentido: el Dique Caracoles y el Dique Cauquenes están VEDADOS TODO EL AÑO. EXCEPCIÓN PROPIA DE ESTE DIQUE: el artículo 3 del Anexo III dice textualmente que se permite, a fin de motivar la movilización del turismo en época de veda, la pesca deportiva de pejerrey en el Dique Cuesta del Viento, con un máximo de extracción de 10 ejemplares por pescador por día. Es decir que el espejo no cierra: en temporada el cupo es 15 y durante la veda es 10. TALLA: se permite la extracción de piezas con un tamaño no menor a 25 cm, respetando el tamaño mínimo de anzuelo. APAREJOS (Anexo III, artículo 2): dos cañas por pescador, con un máximo de 2 anzuelos simples de abertura interior de 1,5 cm como mínimo, ya sea para líneas de flote o de fondo; se permite la utilización de carnada natural viva, con la excepción de las especies detalladas en los artículos 23, 24 y 25, y el artículo 29 aclara que la carnada natural viva se permite únicamente en los diques y embalses de la provincia. RÍOS DEL ENTORNO (Anexo I, artículo 36, departamento Iglesia): el Río Jáchal, desde 200 metros aguas abajo del vertedero del Embalse Cuesta del Viento hasta el Dique Pachimoco, está habilitado todo el año, sólo pesca con mosca, con devolución obligatoria; el Río Blanco, desde La Chigua hasta el Embalse Cuesta del Viento, está habilitado todo el año, sólo pesca con mosca, con devolución obligatoria. La regla de cierre del mismo artículo dispone que todos los demás ríos, arroyos y afluentes no mencionados específicamente se encuentran VEDADOS todo el año. SALMÓNIDOS (Anexo II): se consideran salmónidos a la trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss), la trucha marrón (Salmo trutta) y la trucha de arroyo o salmonada (Salvelinus fontinalis); el día de pesca de salmónidos se extiende hasta las 18 hs en invierno y 19 hs en verano; en los cursos habilitados para salmónidos sólo se permite una caña por pescador, únicamente con señuelos artificiales y sin carnada natural. DEVOLUCIÓN Y PROHIBICIONES GENERALES: el artículo 21 prohíbe en todo el territorio provincial el sacrificio de la perca o trucha criolla (Percichthys trucha), que debe devolverse viva; el artículo 22 prohíbe la pesca, captura o tenencia de la anguila (Synbranchus marmoratus), el cangrejo de río (Aegla sp.), el pejerrey patagónico (Odontesthes hatcheri) y una lista de bagres autóctonos, siendo su sola portación motivo de decomiso y sanción. PERMISO: el artículo 14 exige un permiso o licencia de pesca personal e intransferible, que debe exhibirse ante el personal habilitado, y en la pesca grupal cada persona debe tener el suyo; el artículo 16 prevé licencias anual, mensual, semanal y diaria, otorgadas por la Dirección de Conservación o por las reparticiones e instituciones que la autoridad habilite; el artículo 15 remite el valor de los permisos a la norma tributaria provincial anual. OTRAS OBLIGACIONES: el artículo 31 obliga a desinfectar equipos, materiales y embarcaciones cada vez que se realiza la actividad; el artículo 32 exige autorización previa de la Autoridad de Aplicación para los concursos de pesca; el artículo 35 prohíbe acopiar más del límite diario aunque se pesque varias jornadas. El texto de la Resolución N° 956-SEAyDS-2025 está verificado directamente sobre el PDF, y los cupos están corroborados por el comunicado oficial del Gobierno de San Juan del 28 de noviembre de 2025.