El embalse de La Falda está a un kilómetro de la ciudad, en el valle de Punilla, departamento Punilla, y se llega por el Camino al Dique desde el casco urbano; la ciudad está sobre el corredor de la RN 38, a unos 66 km de Córdoba capital. Es un espejo chico, de unas 15 hectáreas, con un paredón de hormigón y contrafuertes de 25 metros de alto y 236 metros de largo, 0,80 hm³ de capacidad y hasta 16 metros de profundidad. Se construyó entre 1979 y 1980, sobre obras iniciadas en 1971, para abastecer de agua potable a la ciudad y atenuar las crecidas.
El agua. Embalsa el río Grande de Punilla y recibe también aportes del río San Francisco y del arroyo Las Higueritas. Alrededor del espejo hay un recorrido peatonal de unos 2 km, el perilago, que sirve para leer el lago antes de tirar.
Qué habilita la norma. El Anexo I de la Resolución N° 272/2024 del Ministerio de Ambiente y Economía Circular pone al Embalse La Falda en las dos tablas. En la de pejerrey, con cupo de 15 ejemplares por pescador y por día y talla mínima de 25 centímetros de longitud total. En la de otras especies, con carpa común 5, dientudo 12, bagre negro 5 y mojarra 15. Conviene mirar dos veces el cupo de carpa: son 5, no los 20 o 25 que rigen en los embalses grandes de la provincia. Y acá no hay tararira habilitada, aunque sí la haya en otros espejos cordobeses.
Cómo pica. Una crónica de pesca describe la pesquería así: la carpa se trabaja con masa y maíz y salen buenos ejemplares; el pejerrey pica a fondo con mojarra viva, con chirimbolo cuando se alcanzan a ver los bulos, o con balancín en cercanías del paredón, enfrente de la proveeduría. Y agrega una restricción que hay que tener presente: no se puede pescar desde arriba del paredón, y no se permiten motores a explosión en el espejo.
La temporada, completa. El pejerrey está habilitado desde el 01/12/2024 hasta el 31 de agosto de 2026, con veda del 1 de septiembre al 30 de noviembre de cada año (2024, 2025 y 2026 inclusive): fuera de esa ventana se pesca, dentro no. La habilitación de esa norma se agota el 31 de agosto de 2026, así que lo que rija después del 30 de noviembre de 2026 depende de la norma que la reemplace, que todavía no está publicada. La en el Anexo I: se pescan todo el año con su cupo, sujetos a las vedas transversales. Dicho al revés, para que no se lea como no es: acá no hay una "temporada de verano" que deje al pescador de carpa en su casa el resto del año.