Puerto Pilcomayo es una localidad del departamento Pilcomayo, en el extremo noreste de Formosa, con 669 habitantes según el censo 2010. Está sobre la margen derecha del río Paraguay, a pocos kilómetros de la desembocadura del río que le da nombre, y depende administrativamente de Clorinda. Enfrente, del otro lado del agua, queda la ciudad paraguaya de Lambaré.
El pueblo existe por el puerto, y el puerto es lo que lo puso en el mapa de la pesca: la enciclopedia lo define directamente por el uso del puerto para pesca deportiva, y la guía turística de la zona describe el sector como un pesquero, con surubíes, manguruyúes y corvinas en esas aguas.
El acceso concreto para el que va a tirar es la Playa Municipal. La Municipalidad de Clorinda la volvió a habilitar a comienzos de enero de 2026, después de limpiar más de 3.000 metros de costa, y la señalizó por sectores: estacionamiento de autos y de motos, bajada de lanchas, zona de pesca y zona de playa para entrar al agua. El baño está limitado a una franja con boyado y guardavidas, de 15 a 19. Para la pesca, la advertencia que dejó el intendente cuando se acondicionó el predio fue que desde ahí se puede llegar hasta las barcazas y que conviene hacerlo con mucha precaución.
Cómo funciona la habilitación en Formosa. Acá no hay temporada de calendario: el año no se abre ni se cierra por fecha. Lo que se abre y se cierra es la cantidad de días por semana, medida sobre la altura del río. La Disposición 002/25 de la Subsecretaría de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental fija tres estados en la escala hidrométrica del muelle El Mirador, en la ciudad de Formosa, para el río Paraguay: veda extendida, que a pesar del nombre es el estado con más días habilitados de los tres —altura por encima de 1,00 m durante cuatro días seguidos: se pesca cinco días a la semana—; veda flexible —entre 0,50 y 1,00 m: tres días a la semana—; y veda total —por debajo de 0,49 m: no se pesca—. En los tres casos queda exceptuada la pesca de subsistencia. Para los ríos Pilcomayo y Bermejo, que se comportan distinto del Paraguay, la Disposición 002/25 aplica veda extendida hasta que la autoridad de aplicación disponga otra cosa. Qué días de la semana caen adentro de esos cinco o de esos tres lo fija la norma vigente en cada momento y cambia: hay que preguntarlo antes de salir.